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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-alcaldias/93
Ley
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
Artículo
93

Artículo 93 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las juntas del Concejo tienen que ser públicas, así que cualquier persona puede verlas. Además, deben transmitirse en vivo por la página de internet de la Alcaldía para que todos puedan seguirlas sin problemas. Cada mes, la Alcaldía tiene que publicar en su Gaceta oficial y en sus estrados (los lugares donde ponen los avisos) todos los acuerdos que se tomaron y cómo votó cada quien, pero si hay información secreta, solo dirán que existe el documento sin revelar lo que dice. También deben guardar un video o una transcripción escrita de cada sesión para que puedas consultarla después, ya sea en internet o en las oficinas del Concejo.

Texto oficial

Artículo 93. Las sesiones del Concejo serán públicas y deberán atender los principios de transparencia, rendición de cuentas y máxima publicidad, y transmitirse en tiempo real a través de la página de internet de la Alcaldía. Párrafo reformado G.O.CDMX 31/03/25 Todos los acuerdos de las sesiones que no contengan información clasificada y el resultado de su votación, serán difundidos cada mes en la Gaceta de la Alcaldía y en los estrados de la misma, así como los datos de identificación de las actas que contengan información clasificada, incluyendo en cada caso, el fundamento legal que clasifica la información. Párrafo reformado G.O.CDMX 31/03/25 Todos los acuerdos de las sesiones que no contengan información clasificada y el resultado de su votación, serán difundidos cada mes en la Gaceta de la Alcaldía y en los estrados de la misma, así como los datos de identificación de las actas que contengan información clasificada, incluyendo en cada caso, el fundamento legal que clasifica la información; y Para cada sesión se deberá contar con una versión estenográfica o video grabada que permita hacer las aclaraciones pertinentes, la cual formará parte del acta correspondiente. La versión estenográfica o video grabada deberá estar disponible en la página de internet de la Alcaldía y en las oficinas de la secretaría técnica del Concejo.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.