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Ley
Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
59

Artículo 59 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Coordinación General de Investigación Forense y Servicios Periciales es un área que ayuda a resolver delitos. Entre sus responsabilidades está cuidar y recoger cualquier cosa que pueda ser una pista en los lugares donde pasó un delito, y asegurarse de que todo quede registrado con una cadena de custodia (que no es más que un control para que las pruebas no se pierdan o alteren). También puede pedir ayuda a otros expertos y a la policía para analizar las pistas en laboratorios y hacer estudios técnicos de forma independiente. Además, trabaja junto con la policía para identificar cómo actúan los delincuentes y así entender por qué sube la violencia. Por último, guarda las pruebas para que estén en buen estado hasta que se usen en un juicio.

Texto oficial

Artículo 59. Coordinación General de Investigación Forense y Servicios Periciales La Coordinación General de Investigación Forense y Servicios Periciales tendrá las siguientes obligaciones y facultades: Preservar y levantar los indicios o evidencias en los lugares de investigación, probablemente relacionados con un hecho delictivo, elaborando las respectivas cadenas de custodia; Formar los equipos inter y multidisciplinarios e interinstitucionales en las distintas especialidades forenses con la colaboración de la Policía de Investigación, cuando se requiera; Procesar y analizar en los laboratorios de ciencias forenses los indicios o evidencias de interés criminalístico, con la finalidad de aportar datos o elementos para auxiliar a la autoridad con los resultados obtenidos durante el proceso de investigación; Realizar los peritajes con autonomía técnica e independencia de criterio, que le sean solicitados por la autoridad competente; Llevar a cabo los estudios criminalísticos, criminógenos y criminológicos necesarios en colaboración con la Policía de Investigación, Técnica y Científica a efecto de identificar patrones de comportamiento delictivo que sean determinantes en el aumento de la criminalidad; Resguardar los indicios y evidencias que pudieran constituirse en elementos materiales probatorios para garantizar su conservación, preservación y almacenamiento; Las demás facultades y atribuciones que determinen las leyes aplicables.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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