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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-fiscalia-general-justicia/67
Ley
Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
67

Artículo 67 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve. Que esté "derogado" significa que fue eliminado oficialmente del reglamiento por el gobierno de la Ciudad de México el 24 de diciembre de 2025. En pocas palabras, ya no tienes que cumplir con lo que decía antes porque dejó de existir como ley. Solo aplica para la Ciudad de México, no para todo el país.

Texto oficial

Artículo 67. Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 24/12/25

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.