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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-organica-fiscalia-general-justicia/96
Ley
Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Artículo
96

Artículo 96 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que está al mando de la Fiscalía General puede hacer acuerdos con asociaciones civiles y escuelas para que colaboren en crear y aplicar programas. Estos programas buscan capacitar y mejorar a quienes trabajan en justicia, así como revisar cómo se rinden cuentas y cómo el gobierno se relaciona con la gente. Todo esto se hace para asegurar que el gobierno funcione bien y atienda correctamente a los ciudadanos. En pocas palabras, se permite pedir ayuda a la sociedad y a las universidades para que la justicia y la administración pública sean más eficientes y transparentes.

Texto oficial

Artículo 96. La persona Titular de la Fiscalía General, podrá convenir con las Organizaciones de la Sociedad Civil e instituciones educativas su participación en la creación e implementación de programas orientados a la capacitación, profesionalización, diagnóstico y evaluación del modelo de procuración de justicia, rendición de cuentas y proximidad gubernamental, a fin de garantizar el derecho a la buena administración. Capítulo segundo Del Consejo Ciudadano

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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