- Ley
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 33
Artículo 33 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil es la dependencia encargada de cuidar que estemos preparados ante desastres o emergencias. Entre sus tareas está diseñar planes para prevenir y atender desastres, tomando en cuenta que todas las personas, incluyendo aquellas con discapacidad, puedan acceder a la información y las acciones de protección. También coordina a las distintas áreas del gobierno de la Ciudad de México para que trabajen juntas, vigila que los programas de protección civil se cumplan, y recopila información para saber cómo está la ciudad en situaciones normales y de emergencia. Además, se encarga de difundir a la población y a las autoridades todo lo que se necesita saber para estar prevenidos, y puede firmar acuerdos con otras instancias nacionales e internacionales para mejorar la seguridad de todos.
Texto oficial
Artículo 33. A la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil corresponde el despacho de las materias relativas a la gestión integral de riesgos y la protección civil. Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones: Diseñar y ejecutar, con base en los principios de diseño universal y accesibilidad, la preparación y respuesta para la prevención y reducción del riesgo de desastres, así como la atención de emergencias; Elaborar, coordinar y vigilar como órgano garante de la gestión integral de riesgos, la ejecución de los programas de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México; Coordinar, con una perspectiva transversal las acciones, de la gestión integral de riesgos a cargo de la Administración Pública de la Ciudad; Garantizar el correcto funcionamiento del Sistema de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, a través de la supervisión y la coordinación de acciones que sobre la materia realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Local mediante la adecuada gestión integral de los riesgos, incorporando la participación activa y comprometida de la sociedad, tanto en lo individual como en lo colectivo; Elaborar y verificar los avances en el cumplimiento del Programa General de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México; Formar parte del Consejo de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, como Secretario Ejecutivo; Promover y apoyar la creación de instrumentos y procedimientos de planeación, técnicos y operativos, que permitan prevenir y atender la eventualidad de una emergencia o desastre; Recabar, clasificar y sistematizar la información, para conocer la situación de la Ciudad en condiciones normales y de emergencia; Investigar, estudiar y evaluar riesgos, peligros y vulnerabilidades, integrando y ampliando los conocimientos de tales acontecimientos en coordinación con las dependencias responsables; Difundir entre las autoridades correspondientes y la población en general los resultados de los trabajos que realice, así como toda aquella información pública que tienda a la generación, desarrollo y consolidación de una cultura en la materia, con las reservas que correspondan en materia de transparencia y de seguridad nacional; Coordinar con las dependencias y entidades responsables de instrumentar y operar redes de monitoreo así como sistemas de alerta temprana múltiple, los alertamientos que sean difundidos a la población; Representar a la Ciudad, cuando así lo autorice la persona titular de la Jefatura de Gobierno, ante toda clase de autoridades e instituciones nacionales e internacionales, en materia de gestión integral de riesgos y protección civil; Suscribir convenios en materia de gestión integral de riesgos y protección civil en el ámbito nacional e internacional, en coordinación con las autoridades competentes en la materia; Solicitar a la persona titular de la Jefatura de Gobierno la emisión de las declaratorias de emergencia o desastre, acompañando dicha solicitud con un informe técnico de la situación por la que se requieren los recursos del FADE o del FOPDE, en los términos de las reglas de operación de los mismos; Elaborar y proponer a la persona titular de la Jefatura de Gobierno las declaratorias de emergencia, así como las solicitudes de declaratorias de desastre, para su emisión y publicación; Ordenar y practicar visitas, en conjunto con las Alcaldías, para verificar el cumplimiento de las Leyes, Reglamento, Normas Oficiales Mexicanas, términos de referencia y normas técnicas complementarias en materia de protección civil en establecimientos mercantiles diferentes a los de bajo impacto, en términos de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal; Operar, en términos de la normatividad aplicable, el Fondo Revolvente del FADE para la adquisición de suministros de auxilio o efectuar acciones de reconstrucción en situaciones de emergencia o desastre; Elaborar y expedir Términos de Referencia y Normas Técnicas en materia de gestión integral de riesgos y protección civil; Gestionar ante las autoridades correspondientes, la incorporación y ampliación de contenidos de protección civil con un enfoque de Gestión Integral de Riesgos en el Sistema Educativo de la Ciudad de México, en todos los niveles, tanto en la currícula académica de los diversos niveles educativos como en la formación de docentes; Fomentar en la población una cultura de protección civil; Elaborar operar, evaluar y actualizar el Atlas de Riesgos de la Ciudad de México; Supervisar, que se realice y se mantenga actualizado el Atlas de Riesgos de las Alcaldías; Promover y apoyar la capacitación de los profesionales, especialistas, técnicos y terceros acreditados en materia de gestión integral de riesgos y protección civil; Intercambiar con otros países y con organismos internacionales, conocimientos, experiencias y cooperación técnica y científica para fortalecer la gestión integral de riesgos, mediante la incorporación de avances en la materia; Proponer a la Secretaría de Administración y Finanzas, los modelos de contratación de seguros e instrumentos financieros de gestión de riesgos, que garanticen a la Ciudad las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; Elaborar protocolos de actuación para los grupos vulnerables, en los programas específicos de gestión integral de riesgos; Ejecutar los acuerdos y elaborar los trabajos que en la materia dicten la persona titular de la Jefatura de Gobierno y el Consejo de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México y vigilar que sean observados por los demás elementos que conforman el Sistema de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México; Registrar, coordinar y vigilar a los terceros acreditados, las organizaciones civiles, grupos voluntarios, que por sus características se vinculen a la materia de protección civil y de gestión integral de riesgos; Iniciar y resolver el procedimiento administrativo de revocación del registro a los terceros acreditados; Registrar y en su caso revisar, evaluar y calificar para su aprobación los programas internos y especiales de protección civil; Informar a la población sobre las medidas que deben seguirse en caso de emergencias, así como la difusión del plan familiar de protección civil; Integrar a los grupos voluntarios y organizaciones civiles a las acciones de gestión integral de riesgos; Establecer, en coordinación con las Alcaldías, comités de prevención de riesgos en las colonias, barrios o pueblos de la Ciudad; Coordinar a las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad que tengan a su cargo el diseño y ejecución de políticas, programas y acciones que contribuyan a la construcción de resiliencia; Realizar estudios y análisis de resiliencia territorial y comunitaria; Participar en la integración de la Junta de Gobierno del Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México, en los términos de la ley aplicable; y Las demás que le atribuyan las leyes y otros ordenamientos jurídicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.