- Ley
- Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
- Artículo
- 169
Artículo 169 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La convocatoria para participar se va a publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la Plataforma (que es un sistema en línea), además de en otros medios que la Secretaría de la Contraloría General decida que son necesarios. Para registrarte como candidato o candidata, lo harás en la Plataforma durante el tiempo que marque la convocatoria. Los resultados se darán a conocer en la página de internet y en los estrados (que son como tablones de anuncios físicos) de la Secretaría de la Contraloría General, igual que en la Plataforma.
Texto oficial
Artículo 169. La convocatoria será publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en la Plataforma y en los demás medios que la Secretaría de la Contraloría General determine convenientes. El registro de candidatas y candidatos se llevará a cabo en la Plataforma durante el periodo que establezca dicha convocatoria. Los resultados a la Convocatoria, serán publicados en la página de Internet y en los estrados de la Secretaría de la Contraloría General, así como en la Plataforma.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.