- Ley
- Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aquí está la explicación: La democracia representativa es cuando tú y los demás ciudadanos eligen a personas (como diputados, presidentes o alcaldes) para que tomen decisiones importantes por ustedes. Esas personas son elegidas mediante un voto libre y secreto, nadie te puede obligar a votar por alguien ni saber por quién votaste. Una vez elegidos, esos representantes deben trabajar para el bien de todos, no solo para su propio beneficio o el de un grupito. Tienen que seguir las reglas y leyes establecidas para hacer su trabajo, como rendir cuentas o respetar los procedimientos. En pocas palabras, no gobiernas tú directamente, sino a través de personas que tú mismo eliges en las urnas.
Texto oficial
Artículo 18. La democracia representativa es aquella mediante la cual el ejercicio del poder público se da a través de representantes electos por voto libre y secreto, los cuales fungen como portavoces de los intereses generales, dentro de un marco de reglas y mecanismos institucionales. TÍTULO QUINTO DE LOS MECANISMOS DE DEMOCRACIA DIRECTA CAPÍTULO I REGLAS COMUNES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.