- Ley
- Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que hay varias formas en las que tú, como ciudadano, puedes participar directamente en las decisiones del gobierno y vigilar cómo se usa el dinero público. Te da ejemplos, pero aclara que no son los únicos, pueden haber más. Por ejemplo, puedes proponer leyes (Iniciativa Ciudadana), votar para quitar a un funcionario (Revocación del Mandato), o decidir cómo se gasta parte del presupuesto (Presupuesto Participativo). También puedes asistir a juntas donde se presenta información (Audiencia Pública) o formar parte de grupos que revisan el trabajo de las autoridades (Observatorios Ciudadanos). En pocas palabras, son herramientas para que el pueblo opine, decida y supervise a quienes nos gobiernan.
Texto oficial
Artículo 7. Son mecanismos de democracia directa, instrumentos de democracia participativa e instrumentos de control, gestión y evaluación de la función pública, de manera enunciativa más no limitativa: Democracia Directa: Iniciativa Ciudadana; Referéndum; Plebiscito; Consulta Ciudadana; Consulta Popular; Revocación del Mandato, y Democracia Participativa: Colaboración Ciudadana; Asamblea Ciudadana; Comisiones de Participación Comunitaria; Organizaciones Ciudadanas; Coordinadora de Participación Comunitaria, y Presupuesto Participativo. Gestión, evaluación y control de la función pública: Audiencia Pública; Consulta Pública. Difusión Pública y Rendición de Cuentas; Observatorios Ciudadanos; Recorridos Barriales; Red de Contralorías Ciudadanas; Silla Ciudadana, y Parlamento abierto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.