Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-participacion-ciudadana/73
Ley
Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
73

Artículo 73 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tú, como habitante de la Ciudad de México, o un grupo de vecinos o una organización civil, puedes ayudar a las oficinas del gobierno (ya sea del centro o de tu alcaldía) a hacer una obra pública o a dar un servicio para la comunidad. Tu ayuda puede ser de tres formas: poniendo dinero, donando materiales como cemento o herramientas, o trabajando directamente en la obra o el servicio. Esto significa que no solo el gobierno se encarga de todo, sino que tú también puedes participar para mejorar tu colonia o tu ciudad.

Texto oficial

Artículo 73. Las personas habitantes de la Ciudad, las organizaciones ciudadanas o los sectores sociales podrán colaborar con las dependencias de la administración pública, en el ámbito central o en las demarcaciones, en la ejecución de una obra o la prestación de un servicio público, colectivo o comunitario, aportando para su realización recursos económicos, materiales o trabajo personal.

Ver texto oficial de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.