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Ley
Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal
Artículo
25

Artículo 25 de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Diabetes de la Ciudad de México va a estar formado por un grupo de personas de diferentes áreas. Estas personas incluyen a tres representantes del gobierno local (como de la Secretaría de Gobierno y la de Educación), tres del sector social, tres del sector privado, tres de la comunidad médica, tres nutriólogos, tres enfermeros, dos trabajadores sociales, dos maestros, dos psicólogos, hasta dos dentistas, dos especialistas en deportes, y un representante de la Asamblea Legislativa. El Secretario de Salud va a elegir a todos estos representantes basándose en su experiencia y estudios, y para eso va a lanzar una convocatoria abierta para que cualquiera pueda participar. Este Consejo se va a reunir por lo menos una vez cada seis meses.

Texto oficial

Artículo 25.- El Consejo de Diabetes del Distrito Federal se integrará por tres representantes de las Autoridades Locales de la Secretaría. I. Un representante de cada una de las siguientes dependencias: II. Secretaría de Gobierno, y Secretaria de Educación; III. 3 representantes del Sector Social; IV. 3 representantes del Sector Privado. V. 3 representantes de la comunidad médica; VI. 3 representantes Profesionales de la Nutrición; VII. 3 representantes Profesionales de la Enfermería; VIII. 2 representantes de Trabajadores Sociales; IX. 2 representantes profesores y/o Educadores; X. 2 representantes Psicólogos; XI. Hasta con 2 representantes Odontólogos ; XII. 2 representantes de Profesionales del deporte. XIII. Un representante de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Los representantes serán designados por el Secretario de Salud tomando en consideración los antecedentes y currículum vitae, en una convocatoria abierta. El Consejo sesionara al menos una vez cada semestre.

Ver texto oficial de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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