Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es obligatoria para todos en la Ciudad de México y busca prevenir, atender y controlar la diabetes. Tanto los servicios de salud del gobierno como los privados deben ayudar a prevenir la enfermedad, detectarla a tiempo y darle tratamiento. También deben prevenir las complicaciones que puede causar la diabetes. Además, la ley busca que la gente aprenda más sobre esta enfermedad, cómo prevenirla y controlarla para tener una mejor calidad de vida.
- Art. 2Este artículo dice que el Sistema de Salud de la Ciudad de México debe darle prioridad a la atención de la diabetes. Esto significa que todas las personas e instituciones que forman parte de ese sistema, cada quien en su área, tienen que usar dinero, servicios y crear programas para prevenir, tratar y controlar esta enfermedad. En pocas palabras, es una ley que obliga a que se tomen acciones serias contra la diabetes.
- Art. 3Este artículo define varios términos importantes para entender la ley. **Actividad física** es cualquier movimiento que haces a propósito, como caminar o levantar cosas, que quema más energía de la que tu cuerpo gasta en reposo. **Alimentación** no solo es comer, sino todo el proceso biológico y social que incluye obtener los nutrientes que necesitas y también sentir satisfacción al hacerlo. **Análisis de glucosa capilar** es la prueba que una persona con diabetes se hace en casa o en el trabajo con un aparato portátil, siguiendo las indicaciones de su médico. **Control** significa checar tus resultados, ver si estás cumpliendo tus metas de glucosa y ajustar tu tratamiento con medicinas y otros cuidados para lograrlo. **Detección** es buscar activamente a personas que tienen diabetes sin saberlo o que tienen niveles alterados de azúcar.
- Art. 4El Artículo 4 dice que quienes cuidan que se cumpla esta ley son las instituciones que forman parte del Sistema de Salud, como los hospitales públicos y centros de salud. Cada una de esas instituciones debe actuar según lo que le toque hacer, de acuerdo con esta ley y otras reglas como la Ley General de Salud, la Ley de Salud de la Ciudad de México y las Normas Oficiales Mexicanas. En pocas palabras, el gobierno y sus dependencias de salud son los encargados de vigilar que todos sigan estas reglas.
- Art. 5La Secretaría se encargará de hacer el plan especial sobre el tema, pero no lo hará sola. Para eso, va a trabajar junto con todas las instituciones que forman parte del Sistema de Salud, y también pedirá consejo y orientación al Consejo. En pocas palabras, es un trabajo en equipo donde la Secretaría dirige, pero todos colaboran y dan su opinión para crear ese programa.
- Art. 6La Secretaría de Salud va a crear reglas claras para que todos los hospitales y centros de salud del Distrito Federal (ahora Ciudad de México) puedan juntar y revisar la información médica que generan tanto los doctores particulares como las clínicas privadas. El objetivo es que toda esa información sea uniforme, esté organizada y se comparta de manera periódica entre las instituciones de salud. Además, la Secretaría se encargará de hacer una estadística cada cierto tiempo para mostrarla a toda la gente, así todos podrán ver cómo van los avances del programa de salud contra la diabetes, con resultados reales. Esa misma información también va a aparecer en el informe que cada año le entrega el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México a la Asamblea Legislativa, para que rinda cuentas.
- Art. 7El artículo 7 dice que, para la gente que vive en la Ciudad de México y tiene más probabilidades de desarrollar Diabetes tipo 1, los hospitales y clínicas del sistema de salud deben darles información clara. Esta información tiene que explicar cómo prevenir la enfermedad, qué hacer si aparecen los primeros síntomas y cómo detectarla a tiempo. Todo esto debe hacerse siguiendo las mejores prácticas que se usan en otros países.
- Art. 8El artículo dice que, para las mujeres embarazadas que tienen diabetes tipo 1 o diabetes gestacional, el medicamento que se debe usar primero es la insulina humana o sus versiones similares hechas en laboratorio. Esto es como un tratamiento que combina una insulina de efecto largo con una de efecto rápido, imitando lo que hace el cuerpo de forma natural. Sin embargo, si la ciencia avanza y aparece una sustancia mejor, el gobierno (la Secretaría de Salud) puede autorizar que se cambie la insulina por ese nuevo tratamiento, pero solo si está bien justificado y se publica en el periódico oficial de la Ciudad de México. No quiere decir que esté prohibido usar algo diferente, solo que necesita un permiso especial y público.
- Art. 9La Secretaría de Salud va a organizar campañas para que la gente se detecte si tiene Prediabetes o Diabetes tipo 2, como lo marca la ley. Esto significa que van a hacer eventos o actividades para que tú y todos los habitantes del país puedan checarse si están en riesgo o ya tienen estas enfermedades. Las campañas son para que te enteres a tiempo y puedas recibir atención antes de que sea más grave. Básicamente, el gobierno busca que no dejes pasar los síntomas y te cuides la salud por medio de estas revisiones.
- Art. 10Si te diagnostican diabetes, el médico debe seguir estos pasos básicos para atenderte: primero, enfocarse en cosas que no son medicamentos, como mantener un peso saludable (midiendo tu Índice de Masa Corporal entre 18 y 25), comer frutas y verduras entre 3 y 5 veces al día, hacer al menos 30 minutos de ejercicio la mayoría de los días, enseñarte a cuidarte tú mismo, revisar tu glucosa en casa, medir tu hemoglobina glicada para ver qué tan controlado estás, vigilar que no surjan complicaciones y recomendarte no fumar. Segundo, si se necesita medicamento, se usan pastillas para bajar el azúcar o insulina, según el tipo de diabetes que tengas. Además, los doctores deben seguir las reglas oficiales de salud. Por último, si vives en la Ciudad de México, tienes derecho a recibir los medicamentos que te receten a un precio que puedas pagar, según el presupuesto que cada año autorice el Congreso de la Ciudad.
- Art. 11Este artículo dice que la educación sobre la diabetes debe incluir tanto a la persona que tiene la enfermedad como a su familia, para que juntos puedan llevar una vida más saludable. Así se evita que el enfermo se sienta solo, se cuida mejor y se puede prevenir que otros familiares también desarrollen diabetes. Para lograrlo, se crearán materiales educativos (como folletos, videos o información por teléfono e internet) que expliquen cómo vivir mejor con esta condición. También se pueden usar otros medios que ayuden a cumplir con este objetivo.
- Art. 12El Sistema va a promover que las personas con diabetes se midan su nivel de azúcar en la sangre en casa con regularidad, usando una gotita de sangre que se saca del dedo. También va a hacer campañas para informarte cómo usar correctamente el glucómetro (el aparatito que mide el azúcar) y por qué es útil. Además, buscará maneras de que puedas comprar el medidor y las tiras reactivas (los consumibles que necesita) a un precio que no te pegue tan fuerte en el bolsillo.
- Art. 13Las clínicas y hospitales del Sistema de Salud harán campañas todo el año para informar a la gente sobre la importancia de usar insulina cuando los medicamentos de pastilla para la diabetes ya no funcionan. Se enfocarán en explicar que la insulina sí ayuda y está comprobado por estudios, y que los mitos de que es dañina o peligrosa son mentiras. También aclararán que esos miedos que tiene la gente sobre la insulina no son ciertos.
- Art. 14Básicamente, este artículo dice que las instituciones de salud en la CDMX deben crear programas permanentes para informar a las mujeres sobre la diabetes gestacional (la que da durante el embarazo). Estos programas tienen que explicar claramente cuáles son los factores de riesgo, como tener sobrepeso o antecedentes familiares, basándose en lo que dice la ciencia médica más actual.
- Art. 15La Secretaría de Salud, siguiendo las reglas oficiales, le hará a todas las embarazadas que vayan a sus centros de salud una prueba de glucosa (la llamada “curva”) después de las 14 semanas de embarazo. Si no se la hicieron antes, obligatoriamente se la deben aplicar entre la semana 24 y 26, usando la prueba de tamiz de glucosa. Es para detectar a tiempo la diabetes gestacional y cuidar su salud y la del bebé.
- Art. 16Este artículo dice que, para evitar o retrasar la diabetes tipo 2, los hospitales y centros de salud deben darle seguimiento periódico a todas las mujeres de la Ciudad de México que hayan tenido diabetes durante el embarazo (diabetes gestacional) o que hayan tenido bebés muy grandes (macrosómicos). Ese chequeo se hará con las cartillas de salud en el primer nivel de atención (como consultorios o centros de salud básicos). Toda la información que se junte se guardará en una base de datos, pero deben cuidar que su uso cumpla con las leyes de transparencia y de protección de datos personales de la Ciudad de México, para que tu información esté segura y no se mal use.
- Art. 17Si tienes un tipo de diabetes que no sea el que ya cubren las reglas anteriores de esta ley, se debe atender según lo que digan las Normas Oficiales Mexicanas (las reglas de salud a nivel nacional) y las normas técnicas de la Ciudad de México. Si esas normas no dicen nada sobre tu caso, entonces los doctores te tratarán siguiendo los pasos y métodos médicos más nuevos que existan, basados en los avances de la ciencia. Esto aplica tanto para las diabetes que ya se conocen como para las que puedan aparecer en el futuro.
- Art. 18Este artículo dice que para cuidar la salud de todos y evitar los problemas graves que causa la diabetes, se van a promover hábitos sanos como hacer ejercicio y comer bien. También se van a crear programas especiales para prevenir y tratar esta enfermedad. En esto van a participar el gobierno de la Ciudad de México, los hospitales, la Secretaría de Educación, los medios de comunicación y empresas tanto del gobierno como privadas.
- Art. 19La Secretaría de Salud va a promover que todas las personas, sin importar si tienes diabetes o no, aprendan sobre esta enfermedad. Esto incluye enseñarte cómo prevenirla, cómo medirte el azúcar en la sangre por tu cuenta y, en caso de que ya tengas diabetes, cómo detectarla a tiempo, tratarla bien y mantenerla bajo control. La idea es que la población esté informada y participe activamente en su propio cuidado.
- Art. 20El Programa Específico debe definir exactamente cómo van a trabajar juntas las dependencias del gobierno y las instituciones de salud para atender la diabetes. También debe decir claramente cómo y en qué momento la gente común va a participar para prevenirla, detectarla a tiempo, tratarla y controlarla.
- Art. 21La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) va a crear un sistema para juntar y analizar información de salud. Este sistema servirá para saber cuántas personas tienen cierta enfermedad (prevalencia) y cuántos casos nuevos aparecen (incidencia). Todo se organizará por colonias, municipios y toda la Ciudad de México, para tener datos más detallados. Así podrán ver dónde hay más problemas de salud y actuar mejor.
- Art. 22Los hospitales y centros de salud que forman parte del sistema de salud en México tienen la obligación de informar a la gente constantemente sobre qué es la diabetes, cómo prevenirla, cuáles son sus síntomas y los problemas de salud que puede causar tanto a corto como a largo plazo. Además, esta información debe incluir consejos claros y específicos para que tú puedas cuidarte y evitar la enfermedad.
- Art. 23Para evitar que te dé diabetes o que se te complique si ya la tienes, los hospitales y centros de salud del sistema de salud pública deben hacer acciones donde tú, como paciente, estés involucrado. Además, te tienen que dar un programa de educación sobre tu enfermedad, impartido por un equipo de distintos especialistas (como doctores, nutriólogos, enfermeros, etc.). Esto aplica para todas las instituciones de salud del país, cada una dentro de lo que le toca hacer.
- Art. 24Para prevenir la diabetes, los hospitales y centros de salud de la Ciudad de México van a crear un grupo especial llamado Consejo de Diabetes. Este equipo estará formado por distintos expertos en salud, como doctores y nutriólogos. Su trabajo será diseñar un plan para controlar el azúcar en la sangre de los pacientes, aprobar los ejercicios que pueden hacer tanto los enfermos como el público en general, y promover medidas para cuidarse y prevenir la enfermedad. Todo esto busca que tú y la sociedad participen activamente en el cuidado de su salud.
- Art. 25El Consejo de Diabetes de la Ciudad de México va a estar formado por un grupo de personas de diferentes áreas. Estas personas incluyen a tres representantes del gobierno local (como de la Secretaría de Gobierno y la de Educación), tres del sector social, tres del sector privado, tres de la comunidad médica, tres nutriólogos, tres enfermeros, dos trabajadores sociales, dos maestros, dos psicólogos, hasta dos dentistas, dos especialistas en deportes, y un representante de la Asamblea Legislativa. El Secretario de Salud va a elegir a todos estos representantes basándose en su experiencia y estudios, y para eso va a lanzar una convocatoria abierta para que cualquiera pueda participar. Este Consejo se va a reunir por lo menos una vez cada seis meses.
- Art. 26Este artículo dice que los programas de salud deben enfocarse en toda la población, pero poniendo atención especial en la gente que tiene más riesgo de enfermarse. Entre esos riesgos están: tener sobrepeso, presión alta, problemas del corazón, colesterol alto, no hacer ejercicio, tener familiares cercanos con diabetes, o ciertos antecedentes en mujeres como haber tenido bebés muy grandes, diabetes en el embarazo u ovarios poliquísticos. También incluye antecedentes de enfermedades psiquiátricas y otros factores que la ciencia vaya descubriendo. Además, la prevención debe ir acompañada de un plan para comer más sano, bajar de peso, hacer ejercicio y detectar y tratar otros problemas relacionados con la diabetes.
- Art. 27La Secretaría de Salud tiene que medirte el azúcar en la sangre, los niveles de grasas (como colesterol), tu presión arterial, el tamaño de tu cintura y tu peso cuando vayas a servicios de salud. Esto lo hacen los doctores o enfermeras para revisar cómo está tu cuerpo. Es una revisión básica que te toca a ti como usuario.
- Art. 28El artículo 28 dice que, para cumplir con lo que pide el artículo anterior, deben asegurarse de que el usuario se haga esas pruebas al menos una vez al año. En palabras más claras, si te corresponde hacerte ciertos exámenes o análisis, quien esté a cargo tiene que procurar que te los apliquen cada doce meses como mínimo.
- Art. 29Cuando un doctor te diagnostica diabetes o te detecta el azúcar alta en ayunas, su obligación es mandarte a un centro de salud del primer nivel, como un consultorio o clínica básica. Ahí te van a dar la atención inicial que necesitas. El gobierno, a través de la Secretaría de Salud, va a crear pasos claros (protocolos) para que los médicos sepan exactamente qué hacer y cómo tratarte desde el primer momento. Esto aplica apenas el médico confirma el diagnóstico.
- Art. 30La prevención se divide en tres etapas. La primaria es para evitar que te enfermes, como con vacunas o pláticas de salud. La secundaria es para detectar enfermedades a tiempo, como con chequeos o estudios médicos. La terciaria es para tratarte cuando ya estás enfermo y evitar que el problema empeore. En pocas palabras, es cuidarte antes, durante y después de una enfermedad.
- Art. 31El artículo 31 dice que la prevención primaria busca que la gente no se enferme de diabetes. Para lograrlo, los hospitales y centros de salud del país deben hacer campañas para toda la población, pero sobre todo para quienes tienen más riesgo de padecerla. Van a usar la tele, el radio y el internet para promover cambios en la forma de vivir, como bajar de peso, comer bien, hacer ejercicio seguido y checarse la salud periódicamente. Todo esto lo van a diseñar expertos para que se adapte a las costumbres de la gente y no cause problemas como trastornos alimenticios. También se van a unificar y mejorar los programas de prevención y atención, y se van a meter en las escuelas con ayuda de la Secretaría de Educación para identificar a los niños en riesgo y mandarlos al médico.
- Art. 32La Secretaría de Salud y la Secretaría de Educación van a repartir folletos, revistas y boletines en hospitales, escuelas, oficinas y otros trabajos, para explicar cómo prevenir y tratar la diabetes. También el Gobierno de la Ciudad de México usará la radio, la tele y otros medios para decirle a la gente que haga ejercicio seguido y no esté sentada todo el día. A las personas que ya tienen diabetes les informarán cada año sobre los análisis médicos que deben hacerse y cómo evitar complicaciones graves. Además, les recomendarán a todos cuidar su peso y comer bien para mantener normales el azúcar, el colesterol y la presión.
- Art. 33El gobierno de la Ciudad de México va a promover que se formen Grupos de Ayuda Mutua. En estos grupos, se les enseñará a las personas, de manera individual o en equipo, cómo llevar una vida más sana: haciendo ejercicio, comiendo bien para evitar problemas de alimentación y aprendiendo a medirse el azúcar en la sangre. Estos grupos los formarán personas con diabetes, sus familiares, amigos, doctores o cualquier interesado, y nadie podrá cobrar ni ganar dinero por participar.
- Art. 34Las UNEMES (que son clínicas especializadas para atender enfermedades crónicas) tienen la obligación de aprovechar al máximo el trabajo de los Grupos de Ayuda Mutua (personas que comparten una misma enfermedad y se apoyan entre sí). Estos grupos deben ayudar a que el paciente aprenda a cuidarse, sepa cómo prevenir complicaciones y se haga él mismo la prueba rápida de azúcar en la sangre llamada glucosa capilar. Básicamente, la ley dice que los hospitales deben usar esos grupos para que tú, como paciente, aprendas a controlar tu enfermedad por tu cuenta.
- Art. 35Cuando alguien ya tiene diabetes, la prevención secundaria busca que no le salgan complicaciones. Esto significa que el enfoque está en cuidar a la persona para evitar problemas como daño en los ojos, riñones o pies. Se trata de atenderla a tiempo y darle el tratamiento adecuado. Así se evita que la enfermedad se complique más de lo necesario.
- Art. 36Este artículo dice que la prevención terciaria se enfoca en personas que ya tienen problemas de salud que duran mucho tiempo, como complicaciones por diabetes o presión alta. La idea es evitar que se pongan peor, por ejemplo, que pierdan la vista, tengan daño en los riñones, desarrollen pie diabético (heridas en los pies que no sanan) o mueran antes de tiempo por enfermedades del corazón. O sea, ya no se trata solo de prevenir la enfermedad, sino de cuidar a quien ya está enfermo para que no sufra consecuencias más graves.
- Art. 37Si ya tienes los primeros síntomas de alguna adicción (prevención secundaria) o si ya tienes una adicción avanzada (prevención terciaria), necesitas ayuda de especialistas. Por eso, la Secretaría te va a orientar y te dará tanto medicamentos como tratamientos sin medicamentos para atender tu caso.
- Art. 38Si estás embarazada, la Secretaría de Salud te hará una primera prueba de azúcar en la sangre después de las 14 semanas de embarazo. También, entre la semana 24 y 26, te harán otra prueba llamada "tamiz de glucosa" para revisar si tienes diabetes del embarazo. Si resulta que sí tienes diabetes gestacional, el médico te enviará a un centro de salud de primer nivel, que es como el consultorio o clínica local donde te dan atención básica. No necesitas ir a un hospital grande o especializado para empezar tu tratamiento.
- Art. 39Las recomendaciones que se dan a la gente tienen que ser señaladas por un grupo de expertos de diferentes áreas, como doctores, psicólogos o trabajadores sociales. Es decir, no cualquier persona puede dar indicaciones, solo los que saben del tema trabajando en equipo. Esto es para asegurar que lo que se dice a la población sea correcto y confiable.
- Art. 40Cada año, el Gobierno de la Ciudad de México debe incluir dinero en su presupuesto para mantener y crear las UNEMES (Unidades de Especialidad Médica) y los Grupos de Apoyo Mutuo que se necesiten, y también para comprar medicinas y materiales para que la gente pueda controlar su diabetes. Además, debe poner recursos para formar equipos de especialistas en cada lugar donde se atienda la diabetes; ese equipo debe tener por lo menos un doctor, un nutriólogo, un educador y una enfermera. Todos los hospitales de primer y segundo nivel (los más básicos y los especializados) deben contar con al menos uno de estos equipos.
- Art. 41La Secretaría (la dependencia de salud del gobierno) va a hacer y publicar una lista de productos light o bajos en calorías que sí sean buenos para la salud y no tengan efectos malos. Para eso, va a revisar cuántos antioxidantes tienen y, con base en eso, va a decir cuánto puedes consumir de ellos. También va a promover una buena alimentación, como controlar las porciones, comer menos grasas de animales, menos fritos, capeados o empanizados, y más verduras, frutas (con cáscara si se puede), cereales integrales y agua natural. Además, va a hacer acuerdos con la COFEPRIS para que en los alimentos empacados haya etiquetas claras y sencillas, así tú puedas escoger lo mejor para ti. Por último, si tienes diabetes, lo más recomendable es llevar una dieta correcta y hacer actividad física para mantener estables tus niveles de azúcar en la sangre, revisando siempre la información nutrimental de los productos.
- Art. 42Este artículo dice que el gobierno va a promover una alimentación balanceada usando la televisión, la radio y el internet. Una alimentación balanceada significa comer un poco de todo: frutas, verduras, carnes, lácteos y cereales, en cantidades que vayan con lo activo que seas. La idea es que la gente aprenda a comer bien para evitar problemas como la anorexia o la bulimia. Básicamente, quieren que los medios te enseñen a tener una dieta sana y adecuada para ti.
- Art. 43La Secretaría de Salud, junto con la Secretaría de Educación y con ayuda de empresas y grupos sociales, va a repartir folletos en escuelas, trabajos y lugares públicos. Estos folletos traerán información útil para que aprendas a comer más sano y a nutrirte mejor. La idea es que en todos lados puedas encontrar orientación sobre cómo llevar una buena alimentación.
- Art. 44El artículo dice que, para ayudar a aliviar síntomas, controlar enfermedades como la diabetes, evitar problemas de salud graves, mejorar la vida del paciente y reducir muertes, la Secretaría de Salud y los doctores (tanto de hospitales públicos como privados), junto con un equipo de especialistas, son los encargados de crear, aplicar y dar a conocer un plan de tratamiento completo para cada paciente. Todo esto se debe hacer siguiendo las reglas establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas y las normas técnicas de la Ciudad de México. En pocas palabras, el paciente tiene derecho a recibir un plan de cuidado integral hecho por profesionales, y este plan debe cumplir con lo que marca la ley.
- Art. 45El artículo 45 dice que tanto el médico como el paciente son responsables de controlar el peso con buena alimentación y ejercicio. Si no funcionan estas medidas, hay que cambiar el plan de control. En el primer nivel, **en todas las clínicas públicas y escuelas** se dará información y se creará una **Cartilla Metabólica** (un documento con datos como edad, peso, estatura y si hay familiares con diabetes) para cuidar a la persona, su familia y su comunidad. También invitarán a medios de comunicación y empresas a promover medidas preventivas. El médico decidirá si se necesita recetar insulina, y los **Grupos de Ayuda Mutua** (grupos de apoyo) enseñarán al paciente y su familia a vivir con la enfermedad y a saber qué hacer en emergencias. En el segundo nivel, si el paciente tiene un cuadro clínico más grave o complicado, se le enviará con especialistas, y el médico determinará qué tan complejo es su caso.
- Art. 47Cuando a alguien le diagnostican diabetes, tiene que verse con su médico cada 15 días hasta que sus niveles de azúcar, presión, colesterol y otros indicadores estén controlados según el plan de tratamiento. Una vez que todo está estable, el médico decide cada cuándo necesita ir a consulta. Esto aplica tanto en servicios de salud públicos como privados.
- Art. 48La Secretaría de Salud va a promover actividades para ayudar a la gente a tener una vida más saludable y así evitar o retrasar que les dé diabetes. Para lograrlo, va a organizar pláticas, talleres y campañas que enseñen cómo cuidarse, sobre todo en la familia, las escuelas, la comunidad y con las personas que tienen más riesgo de enfermarse. También va a invitar a la gente a participar y a compartir información útil para que todos aprendan a prevenir esta enfermedad.
- Art. 49La Secretaría de Salud tiene la obligación de informar a toda la población, de forma clara y a tiempo, sobre los factores que aumentan el riesgo de tener diabetes. Además, se va a invitar a los medios de comunicación (como la tele, la radio o el internet) a que ayuden a compartir mensajes que expliquen cómo cuidarse de esos factores también sirve para prevenir o controlar otras enfermedades graves que duran mucho tiempo.
- Art. 50El gobierno, junto con los hospitales y clínicas privadas, va a hacer campañas para enseñarle a la gente cómo llevar una vida más sana. Te explicarán qué comer bien, por qué es importante moverse y hacer ejercicio, y cómo evitar la obesidad. También te informarán sobre otros problemas que pueden dañar tu corazón, como la presión alta o el colesterol. La idea es que aprendas a cuidarte para prevenir enfermedades del corazón y vivir mejor.
- Art. 51La Secretaría se va a encargar de juntar a dependencias del gobierno, empresas privadas y grupos de comunicólogos para hacer campañas de comunicación educativa. El objetivo es que la gente adopte hábitos más saludables en su vida diaria. Es como si organizaran esfuerzos entre todos para promover que comas mejor, hagas ejercicio o dejes de fumar, por ejemplo. Así, en lugar de que cada quien haga lo suyo, trabajan en equipo para que el mensaje llegue más lejos.
- Art. 52La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de este tema) va a promover que las personas y grupos de la comunidad se involucren para aprender a tener hábitos más saludables, sobre todo quienes tienen más problemas de salud. Para lograrlo, va a trabajar junto con escuelas, empresas, hospitales y asociaciones de entrenadores o deportistas. El objetivo es que más gente haga ejercicio y practique algún deporte, para mejorar la salud de todos.
- Art. 53La Secretaría de Salud va a impulsar que se formen grupos de apoyo donde las personas con Diabetes puedan aprender a cuidarse solitas, con ayuda de otras personas que también tienen la misma enfermedad. Estos grupos se llamarán "Grupos de Ayuda Mutua" y se crearán en clínicas especializadas (UNEMES), trabajos, escuelas y asociaciones civiles. Para que funcionen bien, siempre estarán supervisados o dirigidos por un médico preparado en el tema. Así, la idea es que no estés solo y tengas con quién compartir y aprender cómo controlar tu Diabetes en el día a día.
- Art. 54Los Grupos de Ayuda Mutua son equipos donde te enseñan a cuidar tu salud y a tener mejores hábitos. Te motivan a hacer ejercicio, comer bien, medir tu glucosa (el nivel de azúcar en la sangre) y cumplir las metas que te ponga tu tratamiento. Todo es para que puedas controlar mejor tu enfermedad.
- Art. 55Este artículo dice que la Secretaría de Salud puede invitar a personas de la comunidad (del sector privado o social) a ser voluntarias para ayudar en el programa de salud. Estos voluntarios harán tareas sencillas de atención médica o asistencia social, siempre bajo las órdenes y supervisión de un doctor. La idea es que la gente participe de forma informada, constante y responsable, apoyando en labores que no requieran ser médico. O sea, si tú quieres ayudar, puedes hacerlo, pero siempre siguiendo las instrucciones de un médico.
- Art. 56Se crea el Instituto de la Diabetes, que depende de la Secretaría de Salud. Su trabajo principal es organizar todo lo relacionado con la enfermedad: enseñar a la gente, prevenirla, detectarla a tiempo, diagnosticarla, tratarla bien y evitar que se complique, además de usar técnicas modernas para atender todos los tipos de diabetes. Cómo va a funcionar y organizarse lo va a definir un reglamento, tomando en cuenta lo que necesita la población y el presupuesto disponible.
- Art. 57Si te confirman que tienes diabetes, el doctor debe darte el tratamiento lo más pronto posible, ajustado a tus necesidades personales. Eso significa que no todos reciben lo mismo, sino que el médico decide qué es mejor para ti según tu edad, peso y otros detalles de tu salud. Además, el tratamiento debe ser personalizado y supervisado por un médico, no algo genérico.
- Art. 58Cuando un paciente necesita medicamentos para su tratamiento, la Secretaría de Salud está obligada a dárselos. Esto significa que si tu doctor te receta un medicamento, el gobierno debe asegurarse de que lo recibas. No importa si es un tratamiento largo o corto, es su responsabilidad. Así que no te pueden negar las medicinas si las necesitas para tu salud.
- Art. 59Solo puedes usar medicamentos para un tratamiento si están aprobados por la Secretaría de Salud Federal. Esto quiere decir que ningún doctor o farmacia puede recetarte o venderte un medicamento que no tenga ese permiso oficial. La idea es asegurarse de que los fármacos sean seguros y funcionen bien. Así que, si un medicamento no está en esa lista, no se puede usar legalmente.
- Art. 60Si necesitas insulina, el gobierno, a través de la Secretaría de Salud, debe entregártela sin costo. Solo un médico puede recetarla, él es el único que decide si realmente la requieres o no. O sea, no puedes conseguirla por tu cuenta ni nadie más puede indicarte usarla. En resumen, el seguro público te da el medicamento, pero solo el doctor autoriza su uso.
- Art. 61El encargado de coordinar todas las acciones relacionadas con la Diabetes en la Ciudad de México es el jefe del Sistema de Salud, quien trabaja a través de la Secretaría de Salud. Entre sus tareas está conectar hospitales, aseguradoras y médicos particulares para dar atención especializada a quienes viven con esta enfermedad. También debe buscar dinero del gobierno federal para programas de prevención y control, y capacitar a los doctores para que siempre estén actualizados. Además, se encarga de promover que la gente se cuide, haga ejercicio y coma sano para prevenir la Diabetes, y de hacer campañas de detección gratis cada 3 años a partir de los 20 años (o desde la pubertad si hay obesidad o riesgo).
- Art. 62El artículo 62 dice que la Secretaría, junto con la Subsecretaría de Sistema Penitenciario, va a poner en marcha medidas para prevenir, atender y controlar la diabetes dentro de las cárceles y los centros de tratamiento para adolescentes que están internados. Esto significa que en esos lugares se van a hacer acciones para cuidar la salud de las personas que viven ahí, enfocándose en esa enfermedad. Por su parte, el artículo 63 establece que la Secretaría, en coordinación con la Secretaría del Trabajo, va a hacer que en los trabajos se les dé información a los empleados para que tengan hábitos alimenticios más sanos durante su jornada laboral, y así prevenir y controlar la diabetes. En pocas palabras, buscan que tanto en las prisiones como en los centros de trabajo se fomente una mejor alimentación para cuidar la salud.
- Art. 64La Secretaría de Educación del Distrito Federal (hoy Ciudad de México) va a hacer acuerdos con la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal para que en las escuelas públicas de nivel básico (kinder, primaria y secundaria) se puedan realizar ciertas acciones y dar información que ya se mencionan en los artículos 42 y 44 de esta ley. También tiene que coordinarse con las escuelas privadas para hacer lo mismo. Luego vienen las reglas para que esta ley empiece a funcionar: entra en vigor al día siguiente de publicarse en la Gaceta Oficial, y el programa específico que se necesita debe estar listo en máximo seis meses después de ese día. Al Jefe de Gobierno se le autoriza a hacer ajustes al presupuesto para pagar lo necesario mientras se aprueban los recursos en el presupuesto oficial, y también puede crear las oficinas públicas que se requieran para que se respeten los derechos humanos que marca esta ley. Además, tiene que sacar el reglamento del Instituto de la Diabetes en un plazo de tres meses después de que la ley entre en vigor.