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Ley
Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal
Artículo
56

Artículo 56 de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se crea el Instituto de la Diabetes, que depende de la Secretaría de Salud. Su trabajo principal es organizar todo lo relacionado con la enfermedad: enseñar a la gente, prevenirla, detectarla a tiempo, diagnosticarla, tratarla bien y evitar que se complique, además de usar técnicas modernas para atender todos los tipos de diabetes. Cómo va a funcionar y organizarse lo va a definir un reglamento, tomando en cuenta lo que necesita la población y el presupuesto disponible.

Texto oficial

Artículo 56.- Para contribuir en la realización de los objetivos, programas, proyectos y finalidades a que se refiere el párrafo anterior, se crea el Instituto de la Diabetes, dependiente de la Secretaría de Salud, y tiene como principal función coordinar todas las acciones relacionadas con la educación, prevención, detección temprana, diagnóstico integral, tratamiento efectivo, prevención de complicaciones y técnicas modernas de tratamiento de todas las Diabetes. El Reglamento regulará su organización y funcionamiento, atendiendo a las necesidades de la población y a la suficiencia presupuestal.

Ver texto oficial de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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