Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-prevencion-tratamiento-obesidad-transtornos-alimenticios-distrito-federal/1
Ley
Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal
Artículo
1

Artículo 1 de la Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta Ley es como una regla que todos debemos cumplir en la CDMX, porque busca beneficiar a la sociedad en general. El Gobierno de la Ciudad es el encargado de hacerla cumplir, pero siempre siguiendo lo que dicen otras leyes de salud nacionales y locales, además de las Normas Oficiales Mexicanas (que son reglas técnicas obligatorias). En pocas palabras, nadie puede hacerse el desentendido: la autoridad está obligada a aplicarla y la ciudadanía, a respetarla.

Texto oficial

Artículo 1º.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público, de interés social y de observancia general en el Distrito Federal. La aplicación de la presente Ley corresponde al Gobierno del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Salud, la Ley de Salud del Distrito Federal y las Normas Oficiales Mexicanas en la materia.

Ver texto oficial de la Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.