- Ley
- Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal
- Artículo
- 1
Artículo 1 de la Ley para la Prevención y el Tratamiento de la Obesidad y los Transtornos Alimenticios en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta Ley es como una regla que todos debemos cumplir en la CDMX, porque busca beneficiar a la sociedad en general. El Gobierno de la Ciudad es el encargado de hacerla cumplir, pero siempre siguiendo lo que dicen otras leyes de salud nacionales y locales, además de las Normas Oficiales Mexicanas (que son reglas técnicas obligatorias). En pocas palabras, nadie puede hacerse el desentendido: la autoridad está obligada a aplicarla y la ciudadanía, a respetarla.
Texto oficial
Artículo 1º.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público, de interés social y de observancia general en el Distrito Federal. La aplicación de la presente Ley corresponde al Gobierno del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Salud, la Ley de Salud del Distrito Federal y las Normas Oficiales Mexicanas en la materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.