Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-procedimiento-administrativo/135
Ley
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México
Artículo
135

Artículo 135 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 135 dice que si te aplican una sanción administrativa (como una multa), pueden ponerte varias al mismo tiempo, pero nunca te pueden arrestar junto con esas sanciones. Además, para que eso pase, tienen que seguir los pasos que marcan los artículos 129 y 132 de esta misma ley. En palabras más claras: te pueden multar de distintas formas a la vez, pero no te pueden meter a la cárcel por eso.

Texto oficial

Artículo 135.- Las sanciones administrativas previstas en ésta u otras leyes, podrán aplicarse simultáneamente, salvo el arresto; y deberá procederse en los términos establecidos en los artículos 129 y 132 del presente ordenamiento.

Ver texto oficial de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.