- Ley
- Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
- Artículo
- 11
Artículo 11 de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que cualquier plan de gobierno sobre derechos humanos debe seguir estas 21 reglas: atender todos los aspectos del problema, trabajar juntas varias dependencias, escuchar a la gente, aplicar a todas las personas por igual, coordinar a distintos niveles de gobierno, ser claros en lo que hacen, informar resultados, tratar a hombres y mujeres de forma justa, dar más apoyo a quien más lo necesita, respetar las diferencias, cumplir lo prometido, considerar las necesidades de cada región, permitir que exijas tus derechos, no discriminar, cuidar el medio ambiente, aceptar distintas opiniones, ir mejorando poco a poco y usar al máximo el dinero y recursos disponibles. En pocas palabras, son las bases para que las autoridades actúen con justicia y transparencia.
Texto oficial
Artículo 11.- Las políticas públicas en materia de derechos humanos se sujetarán a los siguientes principios: Integralidad; Intersectorialidad; Participación social; Universalidad; Intergubernamentalidad; Coordinación; Transparencia; Rendición de cuentas; Igualdad; Equidad social; Equidad de género; Justicia Distributiva; Diversidad; Efectividad; Territorialidad; Exigibilidad; No discriminación; Sustentabilidad; Pluralidad; Progresividad, y Máximo uso de recursos disponibles.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.