- Ley
- Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México
- Artículo
- 86
Artículo 86 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad local que cuida los datos personales en la Ciudad de México se encarga de asegurar que todas las dependencias del gobierno y las Alcaldías cumplan con esta ley y las reglas que de ella salgan. Su trabajo principal es vigilar que traten tu información personal de manera correcta, legal y segura.
Texto oficial
Artículo 86. La Autoridad Garante Local es la encargada de dirigir y vigilar el cumplimiento de la presente Ley, así como de las normas que de ella deriven; será la autoridad responsable de garantizar la protección y el tratamiento correcto y lícito de datos personales por los sujetos obligados de la administración pública y de las Alcaldías de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.