Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-proteccion-datos-personales-posesion-sujetos-obligados/88
Ley
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México
Artículo
88

Artículo 88 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades encargadas de proteger tus datos personales tienen varias tareas importantes: pueden revisar y resolver tus quejas si una empresa o institución no respeta tu privacidad, y también pueden aplicar multas o sanciones para asegurarse de que se cumplan sus decisiones. Además, deben informarte sobre tus derechos de protección de datos, asegurarse de que las personas con discapacidad o en situaciones vulnerables puedan ejercer esos derechos igual que todos, y coordinarse con otras autoridades para atender solicitudes en lenguas indígenas. También hacen estudios para entender mejor el tema, capacitan a las empresas sobre cómo cuidar tu información, y pueden sugerir mejoras (aunque no obligarlas) cuando revisan cómo una empresa maneja tus datos personales.

Texto oficial

Artículo 88. Las autoridades garantes tendrán, para los efectos de la presente Ley y sin perjuicio de otras atribuciones que tenga conferidas conforme a las disposiciones jurídicas que les resulte aplicable, las siguientes atribuciones: Conocer, sustanciar y resolver, en el ámbito de sus respectivas competencias, de los recursos de revisión interpuestos por las personas titulares; Presentar petición fundada a la Autoridad Garante local para que conozca de los recursos de revisión que por su interés y trascendencia así lo ameriten, en términos de lo previsto en la presente Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables; Imponer las medidas de apremio para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones; Promover y difundir el ejercicio del derecho a la protección de datos personales; Coordinarse con las autoridades competentes para que las solicitudes en el ejercicio de los derechos ARCOP y los recursos de revisión que se presenten en lenguas oficiales de la Ciudad, sean atendidos en la misma lengua; Garantizar, en el ámbito de sus respectivas competencias, condiciones de accesibilidad para que las personas titulares que pertenecen a grupos de atención prioritaria puedan ejercer, en igualdad de circunstancias, su derecho a la protección de datos personales; Elaborar y publicar estudios e investigaciones para difundir y ampliar el conocimiento sobre la materia de la presente Ley; Hacer del conocimiento de las autoridades competentes la probable responsabilidad derivada del incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Ley y en las demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia; Suscribir convenios de colaboración con la Autoridad Garante Local para el cumplimiento de los objetivos previstos en la presente Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables; Vigilar, en el ámbito de sus respectivas competencias, el cumplimiento de la presente Ley y demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables; Llevar a cabo acciones y actividades que promuevan el conocimiento del derecho a la protección de datos personales, así como de sus prerrogativas; Aplicar indicadores y criterios para evaluar el desempeño de los responsables respecto del cumplimiento de la presente Ley y demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables; Promover la capacitación y actualización en materia de protección de datos personales entre los responsables; y Emitir, en su caso, las recomendaciones no vinculantes correspondientes a la evaluación de impacto en la protección de datos personales que le sean presentadas.

Ver texto oficial de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.