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Ley
Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI+ de la Ciudad de México
Artículo
35

Artículo 35 de la Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI+ de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las mesas de trabajo tienen la función de coordinar y darle seguimiento a todas las acciones y programas que las distintas dependencias del gobierno de la Ciudad de México, los poderes Legislativo y Judicial, las Alcaldías y los organismos autónomos realicen para apoyar a la comunidad LGBTTTI+. También pueden proponerle al Secretario de Gobierno que firme acuerdos entre estas autoridades para que los programas y políticas de inclusión se apliquen de manera efectiva, y vigilar que todo se cumpla. Además, se encargan de promover información y capacitación tanto para los servidores públicos como para la población en general, con el fin de fomentar el respeto a los derechos de las personas LGBTTTI+.

Texto oficial

Artículo 35. Las mesas de trabajo tendrán los siguientes objetivos: Párrafo reformado G.O.CDMX 03/05/24 Coordinar y dar seguimiento a las acciones, programas, políticas públicas y ajustes razonables que en el ámbito de su competencia, implementen las dependencias y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, los poderes Legislativo y Judicial, las Alcaldías y los Organismos Autónomos en materia de la presente Ley; Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 Proponer a la persona titular de la Secretaría de Gobierno la suscripción de acuerdos de coordinación entre las autoridades de los diferentes poderes de la Ciudad de México, las Alcaldías y los Organismos Constitucionales Autónomos para la eficaz ejecución de los programas y políticas públicas en materia de atención e inclusión de las personas LGBTTTI+, y vigilar el desarrollo de las acciones derivadas de la citada coordinación, de acuerdo con el criterio de transversalidad; Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 Apoyar y proponer mecanismos de concertación con los sectores social y privado, en términos de la normatividad de la Ciudad de México, a fin de dar cumplimiento al principio de transversalidad, así como vigilar la ejecución y resultado de los mismos; Promover e implementar medidas de información y formación dirigidas a personas servidoras públicas y a la población en general, que promuevan el respeto a los derechos de las personas LGBTTTI+; Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 Apoyar la promoción de leyes, políticas públicas, estrategias y acciones en la materia de la presente Ley, así como promover, en su caso, las adecuaciones y modificaciones necesarias a las mismas; Proponer al Ejecutivo de la Ciudad de México las políticas públicas y criterios para la formulación de programas de capacitación, difusión, asesoramiento y acciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Local en materia de atención a las personas LGBTTTI+; Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 Elaborar y presentar informes de actividades de manera semestral y anual, los cuales serán enviados para conocimiento a los tres poderes de la Ciudad de México y presentados públicamente ante la ciudadanía; Las que determine la persona Titular de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México para el cumplimiento de la presente Ley; Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 Coadyuvar en coordinación con el Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México en la construcción de indicadores que permitan evaluar el diseño, procesos e impactos de la acción gubernamental en el ejercicio de los derechos humanos de las personas LGBTTTI+. Así como en la elaboración de programas de formación, capacitación y sensibilización en materia de derechos humanos de las personas LGBTTTI+ que se impartan a las personas servidoras públicas de la Ciudad de México, y Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24 Las demás establecidas en otros ordenamientos aplicables Fracción reformada G.O.CDMX 03/05/24

Ver texto oficial de la Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI+ de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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