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Ley
Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México
Artículo
22

Artículo 22 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todas las autoridades del gobierno, como las alcaldías y otras oficinas públicas, deben ayudar a que las personas mayores participen en la vida social, ya sea en actividades cívicas, culturales, educativas, deportivas o recreativas. También dice que esas autoridades tienen que hacer lo necesario para eliminar los prejuicios o ideas falsas que les impiden a los adultos mayores integrarse por completo en la sociedad. En pocas palabras, el gobierno debe asegurarse de que las personas de edad sean incluidas y respetadas en todos los ámbitos.

Texto oficial

Artículo 22. Todas las autoridades pertenecientes a los Poderes Públicos, organismos autónomos y alcaldías, facilitarán la inclusión y participación de las personas mayores en los diferentes ámbitos de la vida social ya sea de carácter cívico, cultural, educativo, deportivo o recreativo; de igual forma realizarán todas las acciones necesarias, para que, en el ámbito de su competencia, se erradiquen los prejuicios y estereotipos que obstaculizan su plena participación, contribuyendo de esta forma a su plena integración en la sociedad.

Ver texto oficial de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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