- Ley
- Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal
- Artículo
- 36
Artículo 36 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando varias corporaciones policiacas (de la federación, estados y Ciudad de México) trabajen juntas, los jefes deben ponerse de acuerdo antes de empezar la operación. Tienen que decidir quiénes participan, quién va a coordinar a cada grupo, quiénes serán los responsables, qué delito o desorden van a atender, qué información tienen del caso y quién se encargará de entregar a los detenidos ante el juez. También pueden dividir la zona por áreas y asignar un encargado por cada una. Todo esto lo deben hacer siguiendo las reglas de la Ley de Seguridad Pública.
Texto oficial
Artículo 36.- Cuando el uso de la fuerza requiera de acciones coordinadas entre la Federación, el Distrito Federal y otras Entidades Federativas, los mandos de los cuerpos de seguridad pública se sujetarán a lo dispuesto en la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, por la Ley y las demás disposiciones aplicables, y previamente a los operativos de coordinación determinarán: Los cuerpos de seguridad pública participantes; El servidor público que coordinará las acciones de cada uno de los cuerpos de seguridad pública que participan; Los servidores públicos responsables de cada uno de los cuerpos de seguridad pública que participan; Las acciones que se intentan repeler o, en su caso, las órdenes que se van a cumplir; Los antecedentes de los asuntos que se van a conocer; y El servidor público que coordinará la puesta a disposición de los detenidos ante la autoridad competente. Podrán determinarse perímetros de acción en los que se generarán responsables por cada uno de ellos. TÍTULO SÉPTIMO DE LA INDEMNIZACIÓN POR EL USO ILÍCITO DE LA FUERZA CAPÍTULO ÚNICO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.