- Ley
- Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal
- Artículo
- 38
Artículo 38 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley obliga a la policía a tener un seguro que pague por los daños que un agente cause a personas o sus pertenencias, pero solo cuando las autoridades digan que el policía usó la fuerza de manera ilegal. Este seguro se tiene que contratar según las reglas que ya existen para eso. En pocas palabras, si un policía se pasa de listo y hace daño, el seguro debe cubrir los gastos.
Texto oficial
Artículo 38.- Los cuerpos de seguridad pública tienen la obligación de celebrar un contrato de seguro, de conformidad con las leyes de la materia, que cubra los daños ocasionados por el Policía a las personas o los bienes cuando las autoridades competentes determinen el uso ilícito de la fuerza. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- La Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de Justicia, ambas del Distrito Federal fijarán los mecanismos necesarios para que en la utilización del arma incapacitante no letal relativa a sustancias irritantes en aerosol se compruebe que sus componentes no incluyen sustancias, materiales y elementos que estén prohibidos expresamente por la Ley, aquellos reservados para su uso exclusivo del Ejército, la Armada o la Guardia Nacional o los que contengan como elemento activo los químicos. TERCERO.- El Reglamento para el Empleo del Uso de la Fuerza deberá expedirse por la autoridad competente, dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto. Recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil ocho. POR LA MESA DIRECTIVA, DIP. JORGE FEDERICO SCHIAFFINO ISUNZA, PRESIDENTE.- (Firma).- SECRETARIO, DIP. DANIEL SALAZAR NUÑEZ.- (Firma) SECRETARIA, DIP. MARGARITA MARÍA MARTÍNEZ FISHER.- (Firma).EL JEFE DE GOBIERNO, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- (Firma).- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, A. JOEL ORTEGA CUEVAS.- (Firma).- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- (Firma).
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