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Ley
Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal
Artículo
3

Artículo 3 de la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley protege tu vida privada, tu honor y tu propia imagen en la Ciudad de México. Eso significa que nadie puede, sin tu permiso, exponer tus asuntos personales, difamarte ni usar tu foto o nombre para su beneficio. La ley está hecha para que se respete quien eres y lo que haces en privado. Aplica para todas las personas, sin importar si son conocidas o no.

Texto oficial

Artículo 3.- La presente Ley tiene por objeto garantizar los siguientes Derechos de la Personalidad: el derecho a la vida privada, al honor y la propia imagen de las personas en la Ciudad de México. Artículo reformado G.O. CDMX 28/10/25

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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