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Ley
Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal
Artículo
4

Artículo 4 de la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todas las personas en México tienen derecho a buscar, recibir y compartir información, y también a expresar sus ideas libremente. Eso es importante para que la democracia funcione, porque sin información y opiniones libres no se puede participar bien en la vida del país. Además, esas libertades ayudan a que la economía, la sociedad y la cultura mejoren siempre. Pero todo esto debe hacerse respetando los derechos propios de cada persona, como su honor, su privacidad o su imagen. En pocas palabras, puedes decir lo que piensas y enterarte de lo que pasa, sin dañar a nadie.

Texto oficial

Artículo 4.- Se reconoce el derecho a la información y las libertades de expresión e información como base de la democracia instaurada en el sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo que tiene como presupuesto fundamental la defensa de los derechos de personalidad de los mexicanos.

Ver texto oficial de la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.