- Ley
- Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal
- Artículo
- 1
Artículo 1 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley es para proteger a las personas que vivan en la Ciudad de México. Su objetivo es que si el Gobierno de la Ciudad te causa un daño en tus cosas o tus derechos por hacer mal su trabajo, tengas derecho a que te paguen por ese daño. Ese pago se llama indemnización. El Gobierno tiene la obligación de pagarte aunque no haya tenido la culpa directa, solo por el hecho de que su trabajo fue irregular o defectuoso. Para recibir ese dinero, tienes que seguir las reglas que marca esta misma ley y otras leyes relacionadas.
Texto oficial
Artículo 1º.- La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto normar la responsabilidad patrimonial del Gobierno de la Ciudad de México, fijar las bases, límites y procedimiento para reconocer el derecho a la indemnización a las personas que sufran un daño en cualquiera de sus bienes y derechos, como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Gobierno de la Ciudad de México. La responsabilidad patrimonial a cargo del Gobierno de la Ciudad de México, es objetiva y directa y la indemnización deberá ajustarse a los términos y condiciones señalados en esta ley y en las demás disposiciones legales a que la misma hace referencia. Artículo reformado G.O. CDMX 24/12/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.