- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 26
Artículo 26 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción de la CDMX va a manejar un sistema digital donde los servidores públicos declaren sus bienes, posibles conflictos de interés y su situación fiscal. Todo esto se hará a través de una plataforma digital que se cree para ese propósito, siguiendo las reglas que establezca el Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción. Además, la Secretaría y los órganos de control (las áreas que vigilan a los funcionarios) tendrán que compartir con la Secretaría Ejecutiva cualquier información que ella les pida sobre los sistemas que ya usan para recibir estas declaraciones.
Texto oficial
Artículo 26. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, administrará el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, a través de la Plataforma Digital de la Ciudad de México que al efecto se establezca, de conformidad con lo previsto en la Ley del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, así como las bases, principios y lineamientos que apruebe el Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México. Para efectos de lo anterior, la Secretaría y los Órganos internos de control proporcionarán la información que solicite la Secretaría Ejecutiva, respecto de los sistemas o bases de datos que tengan implementados para la recepción de las declaraciones que se refiere el presente artículo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.