- Ley
- Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
- Artículo
- 28
Artículo 28 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 28 dice que los datos sobre tu declaración patrimonial (lo que tienes) y de intereses (con quién trabajas o te relacionas) pueden ser usados por la Fiscalía, los jueces, o las autoridades que investigan corrupción, pero solo cuando sea necesario para su trabajo. También puede verlos la persona servidora pública que hizo la declaración, si ella misma lo pide. Además, cuando haya una investigación por faltas administrativas (como un posible mal uso del poder), las autoridades encargadas de investigar o resolver el caso también pueden pedir esa información. Nadie más puede usarla sin un motivo legal.
Texto oficial
Artículo 28. La información relacionada con las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, podrá ser solicitada y utilizada por el Ministerio Público, los Tribunales, Fiscalías Especializadas en Combate a la Corrupción o las autoridades judiciales en el ejercicio de sus respectivas atribuciones, la persona servidora pública interesado o bien, cuando las Autoridades investigadoras, substanciadoras o resolutoras lo requieran con motivo de la investigación o la resolución de procedimientos de responsabilidades administrativas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.