Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/114
- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 114
Artículo 114 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 114 simplemente queda sin efecto, o sea, ya no es válido ni se aplica. Cuando una ley dice que "se deroga" un artículo, significa que se cancela por completo y ya no debes tomarlo en cuenta. Es como si borraran esa regla del libro de leyes. Así que, para efectos prácticos, el Artículo 114 ya no existe y no te afecta en nada.
Texto oficial
Artículo 114.-Se deroga
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.