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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/121
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
121

Artículo 121 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo simplemente dice que se elimina o quita esa regla de la ley, como si la borraran por completo. O sea, ya no existe ni se aplica, así que no tienes que preocuparte por cumplirla ni te puede afectar. Cuando una ley se “deroga”, deja de tener efecto y se vuelve como si nunca hubiera estado vigente. Es como cuando cancelas una regla del juego porque ya no sirve.

Texto oficial

Artículo 121.-Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.