Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/94
- Ley
- Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
- Artículo
- 94
Artículo 94 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 94 ya no es válido, porque fue eliminado de la ley. "Derogar" significa que se quitó o canceló legalmente ese artículo, así que ya no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. En pocas palabras, esa regla ya no existe y no te afecta para nada.
Texto oficial
Artículo 94.-Se deroga
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.