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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sala-constitucional-poder-judicial/94
Ley
Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México
Artículo
94

Artículo 94 de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 94 ya no es válido, porque fue eliminado de la ley. "Derogar" significa que se quitó o canceló legalmente ese artículo, así que ya no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta. En pocas palabras, esa regla ya no existe y no te afecta para nada.

Texto oficial

Artículo 94.-Se deroga

Ver texto oficial de la Ley de la Sala Constitucional del Poder Judicial de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.