- Ley
- Ley de Salud de la Ciudad De México
- Artículo
- 113
Artículo 113 de la Ley de Salud de la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Gobierno va a poner en marcha varias acciones para mejorar la salud de todos, pero sobre todo de niños, niñas y jóvenes. Entre esas acciones está crear reglas y programas que ayuden al bienestar físico de las personas y de la comunidad, como hacer que los lugares donde vives, trabajas o estudias sean más sanos. También buscará que tú y tu comunidad aprendan a cuidar mejor su salud y se involucren en actividades que la favorezcan. Por último, quiere que los servicios médicos sean más fáciles de usar para todos, dándole prioridad a la prevención y a que estén mejor organizados.
Texto oficial
Artículo 113. Para procurar los objetivos de la promoción de la salud, especialmente en niñas, niños, adolescentes y jóvenes, el Gobierno impulsará: La generación de políticas públicas que propicien la salud individual y colectiva; El desarrollo de entornos saludables, a nivel comunitario, en centros habitacionales, educativos, de trabajo, recreativos, colonias, pueblos y barrios; El fortalecimiento de las capacidades de las personas y los colectivos para el empoderamiento sanitario y la construcción de una cultura de la salud; El impulso a la participación comunitaria y social en pro de la salud, y La reorientación de los servicios de salud hacia la universalidad, la atención primaria a la salud y la organización en redes integradas e integrales. CAPÍTULO XX NUTRICIÓN, SOBREPESO, OBESIDAD Y TRASTORNOS ALIMENTARIOS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.