- Ley
- Ley de Salud de la Ciudad De México
- Artículo
- 68
Artículo 68 de la Ley de Salud de la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que los servicios de salud sexual y reproductiva incluyen muchas cosas para cuidar tu bienestar. Por ejemplo, se deben crear programas educativos sobre planificación familiar, basados en información científica. También se tiene que dar seguimiento médico a quienes usan métodos anticonceptivos y ofrecer asesoría sobre reproducción. Además, se debe promover la investigación sobre anticoncepción y fertilidad, distribuir gratis condones a quien los pida, y prevenir embarazos no planeados, sobre todo en adolescentes. Por último, se deben hacer campañas de información y atención médica para enfermedades de transmisión sexual, como el VIH, y cuidar la salud de mujeres y hombres durante el climaterio (la etapa antes y después de la menopausia o andropausia).
Texto oficial
Artículo 68. Los servicios de salud sexual y salud reproductiva comprenden: La promoción de programas educativos en materia de servicios de salud sexual, salud reproductiva y de planificación familiar, con base en los contenidos científicos y estrategias que establezcan las autoridades competentes; La atención y vigilancia de los y las aceptantes y usuarias de servicios de planificación familiar; La asesoría para la prestación de servicios médicos en materia de reproducción humana y planificación familiar a cargo de los sectores público, social y privado, así como la supervisión y evaluación en su ejecución, de acuerdo con las políticas establecidas por las autoridades competentes y en los términos que las disposiciones normativas lo establezcan; El apoyo y fomento de la investigación y difusión en materia de anticoncepción, infertilidad humana, planificación familiar y biología de la reproducción humana; El establecimiento y realización de mecanismos idóneos para la adquisición, almacenamiento y distribución de medicamentos y otros insumos destinados a los servicios de atención sexual, reproductiva y de planificación familiar; La aplicación de programas preventivos en materia de salud sexual y salud reproductiva, incluyendo la aplicación de vacunas contra enfermedades de transmisión sexual; VI. Bis. El fomento a la salud sexual y el bienestar de las mujeres, la operación de programas de información, prevención y atención para quienes cursan las etapas del climaterio; Fracción adicionada G.O. CDMX 02/05/25 VI Ter. El fomento a la salud sexual y el bienestar, así como la operación de programas de información, prevención y atención para quienes cursan las etapas del climaterio masculino o andropausia; Fracción adicionada G.O. CDMX 02/05/25 El fomento de la paternidad y la maternidad responsable; La prevención de embarazos en adolescentes; La prevención de embarazos no planeados y no deseados; La distribución gratuita, por parte de la Secretaría, de condones, a la población demandante, particularmente en los grupos de riesgo; La realización de campañas intensivas de información y orientación en materia de salud sexual y salud reproductiva, y La prevención y atención médica integral de las infecciones de transmisión sexual y el VIH-SIDA.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.