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Ley
Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México
Artículo
1

Artículo 1 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley explica cómo se debe planear el desarrollo de la Ciudad de México, siguiendo lo que dice la Constitución de la ciudad. Su objetivo es que las autoridades y los ciudadanos trabajen juntos para mejorar la ciudad, usando reglas claras sobre temas como derechos humanos, cuidado del medio ambiente y organización del territorio. También crea un instituto especial llamado Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva, que se encarga de coordinar todo el proceso de planeación. La ley incluye mecanismos para que tú, como ciudadano, puedas participar y opinar en cómo se desarrolla la ciudad, así como para que el gobierno sea más eficiente y justo al usar los recursos.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley es reglamentaria de la Constitución Política de la Ciudad de México en materia de planeación del desarrollo. Sus disposiciones son de orden público, interés social, de carácter general y tienen por objeto establecer: Los objetivos y principios rectores de la planeación del desarrollo de la Ciudad de México, que se sustentan en los enfoques de derechos humanos, desarrollo sustentable, territorial, y de resultados; Las atribuciones de las autoridades responsables de la planeación y las bases para su concurrencia y coordinación en materia de planeación del desarrollo; Las reglas para la instalación y el funcionamiento del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México; El proceso integral de planeación mediante un sistema que comprende las materias de bienestar social y economía distributiva, ordenamiento territorial, patrimonio, coordinación metropolitana y regional, relaciones internacionales, hacienda pública, seguridad ciudadana y demás materias concurrentes en la función de gobierno de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y las leyes en la materia; Los fundamentos para articular el Sistema de Planeación del Desarrollo con el Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México; Los instrumentos de planeación, jurídicos, administrativos, financieros, fiscales y de participación ciudadana para hacer efectivas las funciones social, económica, cultural, territorial y ambiental de la Ciudad; Los mecanismos para hacer más eficiente la acción gubernamental para que incida en el desarrollo sustentable de la Ciudad, y en la funcionalidad, uso, disfrute y aprovechamiento equitativo de la Ciudad, y Los mecanismos de control democrático, concertación y participación ciudadana en el proceso de planeación del desarrollo.

Ver texto oficial de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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