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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-sistema-planeacion-desarrollo/33
Ley
Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México
Artículo
33

Artículo 33 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El proceso de planeación del gobierno se hace con las herramientas que ya marca la Constitución y las leyes. Esto sirve para asegurar que se cumplan los objetivos, principios y las reglas principales de la planeación. En pocas palabras, las autoridades deben seguir las reglas ya establecidas para planificar y no inventar su propio método.

Texto oficial

Artículo 33.- El proceso integral de planeación se realizará a través de los instrumentos establecidos en la Constitución y leyes aplicables en la materia; además de garantizar los objetivos, principios y ejes rectores de la planeación.

Ver texto oficial de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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