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Ley
Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo se debe planear la ciudad de México. Se basa en ideas clave que buscan que todo sea justo y funcione bien para todos. Por ejemplo, tienen que considerar los derechos humanos, cuidar el medio ambiente, fijarse en que los resultados se cumplan, tomar en cuenta las necesidades de cada zona, prevenir desastres, escuchar a la gente, dar información clara y trabajar de manera coordinada. En pocas palabras, la planeación no puede ser a lo loco, sino siguiendo estas reglas para mejorar la vida de todos.

Texto oficial

Artículo 5.- La planeación en la Ciudad se sustentará en los siguientes enfoques y principios rectores: Enfoque de derechos: conjunto de principios y estándares internacionales en el análisis de los problemas, en la formulación, presupuestación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, programas y otros instrumentos de cambio social; apunta a la realización progresiva de todos los derechos humanos y considera los resultados en cuanto a su cumplimiento y las formas en que se efectúa el proceso; su propósito es analizar las desigualdades que se encuentran en el centro de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas discriminatorias; Enfoque de desarrollo sustentable: conjunto de políticas públicas y acciones identificadas en los instrumentos de planeación que coadyuvarán para lograr el mayor nivel de bienestar social mediante el pleno ejercicio del derecho a un medio ambiente sano dentro de un ecosistema donde se protejan la biodiversidad, la seguridad alimentaria, el agua, la energía y la gobernanza, sin demérito de los recursos naturales, económicos y culturales indispensables para satisfacer las necesidades de la generación actual ni de las generaciones futuras; Enfoque de resultados: conjunto de criterios, objetivos y metas definidas en la planeación, que orientan la acción pública para el cumplimiento de logros basados en niveles esenciales y alcanzados de satisfacción de los derechos, así como los mecanismos de corrección oportuna, capacidad de aprendizaje y sistematización de prácticas y acciones de desarrollo; Enfoque territorial: conjunto de lineamientos que guía el proceso integral de planeación para tener en cuenta el potencial intrínseco del territorio, con el objetivo de maximizar los beneficios sociales, económicos, ambientales y culturales que puedan obtenerse en relación con los elementos inherentes al desarrollo; Gestión integral de riesgos: proceso de planeación, participación, evaluación y toma de decisiones que, basado en el conocimiento de los riesgos y su proceso de construcción, deriva en un modelo de intervención de los órdenes de gobierno y de la sociedad, que implementa políticas, estrategias y acciones, para la previsión, reducción y control permanente del riesgo de desastre; Participación: resultado de la interacción entre el gobierno y la sociedad, a través de procesos, mecanismos y canales adecuados transparentes, accesibles y culturalmente pertinentes para lograr la incidencia efectiva de la ciudadanía en las políticas públicas; Gobierno abierto: acceso inmediato, suficiente y oportuno a la información necesaria para participar en el proceso de planeación, bajo un modelo de gobernanza colaborativa, para conocer el desempeño de los distintos órganos e instancias gubernamentales, con base en datos abiertos y tecnologías de la información a fin de garantizar la transparencia y rendición de cuentas; Visión integral: la planeación del desarrollo contará con la integración y cohesión de esfuerzos interinstitucionales para que ayuden a controlar y regular las acciones socioeconómicas y el territorio; Prospectiva estratégica: esfuerzo de hacer probable el futuro más deseable, con una visión sistémica, de anticipación e integración entre los distintos actores y el análisis de variables clave; Racionalidad: los procesos de planeación deberán velar en todo momento por la definición de propósitos y objetivos claros, metas precisas, recursos institucionales suficientes y pertinentes. Deberán identificarse explícitamente los problemas públicos a resolver, definir las relaciones causales e interacciones de los problemas identificados y sustentar los cursos de acción e intervenciones públicas en una teoría del cambio; Consistencia: la planeación deberá garantizar la coherencia entre fines y medios, entre objetivos y metas, entre éstos y los recursos y las estrategias de implementación. Asimismo, la jerarquía, complementariedad e interdependencia entre los distintos niveles e instrumentos de la planeación; Evaluabilidad: los instrumentos de planeación considerarán los indicadores que permitan evaluar los resultados obtenidos de acuerdo con los objetivos, metas y alcances establecidos; Flexibilidad: la planeación contará con los mecanismos necesarios para llevar a cabo las adecuaciones requeridas de acuerdo con los cambios en el entorno y con los resultados obtenidos de las evaluaciones del proceso; Integralidad: la planeación y sus instrumentos se articulará en una perspectiva común, transversal, intersectorial y coherente para dirigir la acción pública hacia el logro de los resultados esperados; Jerarquía: la planeación y su funcionamiento como sistema implican la existencia de relaciones de subordinación, complementariedad e interdependencia entre los distintos instrumentos y actores, dentro de un orden lógico de supra-infra dependencia a partir del Plan General; Procedimiento iterativo y multiescalas: la planeación será construida desde distintas escalas, de lo general a lo particular y viceversa, siempre a través de un proceso de renovación y participación que permita su mejora y la optimización de sus resultados; Retroalimentación: la planeación contará con procedimientos explícitos, oportunos y expeditos para la incorporación sistemática de los resultados del monitoreo y la evaluación, y Temporalidad: los instrumentos de planeación se formularán con una vigencia determinada en el corto, mediano y largo plazo, de acuerdo con el cumplimiento de objetivos y metas determinadas en periodos específicos.

Ver texto oficial de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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