- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 273
Artículo 273 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el Instituto (como el INE en materia electoral) detecta que alguien desobedeció sus órdenes y eso parece ser un delito, tiene la obligación de avisarle a las autoridades que investigan y castigan delitos (como la Fiscalía). No es que ellos te castiguen directamente, sino que pasan el caso a quien sí puede hacerlo. La denuncia la hacen ellos, no tú como ciudadano.
Texto oficial
Artículo 273. En caso de que el incumplimiento de las determinaciones del Instituto implique la presunta comisión de un delito, deberá denunciar los hechos ante la autoridad competente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.