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Ley
Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Artículo
273

Artículo 273 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el Instituto (como el INE en materia electoral) detecta que alguien desobedeció sus órdenes y eso parece ser un delito, tiene la obligación de avisarle a las autoridades que investigan y castigan delitos (como la Fiscalía). No es que ellos te castiguen directamente, sino que pasan el caso a quien sí puede hacerlo. La denuncia la hacen ellos, no tú como ciudadano.

Texto oficial

Artículo 273. En caso de que el incumplimiento de las determinaciones del Instituto implique la presunta comisión de un delito, deberá denunciar los hechos ante la autoridad competente.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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