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Ley
Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Artículo
31

Artículo 31 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 31 dice que el Sistema Local está formado por todos sus integrantes, procesos, herramientas y reglas, que funcionan de manera organizada para que los gobiernos de la Ciudad de México rindan cuentas claras a la ciudadanía. Su función principal es organizar y revisar las acciones relacionadas con temas como la transparencia, el acceso a la información, la protección de datos personales y la apertura del gobierno, apoyando lo que hace el Sistema Nacional. Además, busca crear y aplicar criterios y lineamientos basados en la Ley General y otras normas. Uno de sus objetivos más importantes es ir más allá de las formas tradicionales de hacer políticas y tomar decisiones en estos temas.

Texto oficial

Artículo 31. El Sistema Local se integra por el conjunto orgánico y articulado de sus miembros, procedimientos, instrumentos y políticas, con el objeto de fortalecer la rendición de cuentas en la Ciudad de México. El Sistema Local tiene como finalidad coordinar y evaluar las acciones relativas a la política pública transversal de Transparencia, Acceso a la Información, Protección de Datos Personales, Apertura Gubernamental y Rendición de Cuentas, en coadyuvancia con las funciones del Sistema Nacional, así como establecer e implementar los criterios y lineamientos, de conformidad con lo señalado en la Ley General, la presente Ley y demás normatividad aplicable. Entre sus objetivos está el de trascender los mecanismos tradicionales de implementación de políticas y toma de decisiones en la materia.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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