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Ley
Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Artículo
34

Artículo 34 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema Local tendrá un grupo fijo de personas que lo manejan, llamado Consejo Permanente, formado por los mismos miembros del sistema. El Instituto se encargará de organizar lo que haga este consejo por medio de una Secretaría Técnica. Las decisiones se tomarán cuando todos estén de acuerdo, o si no, se decidirá por mayoría de votos, es decir, gana lo que apoye más de la mitad de los integrantes.

Texto oficial

Artículo 34. El Sistema Local contará con un Consejo Permanente, conformado por los integrantes del mismo, en el cual el Instituto coordinará las acciones a través de la Secretaría Técnica. Sus decisiones serán tomadas por consenso, o cuando sea necesario por el voto de la mayoría de sus integrantes.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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