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Ley
Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Artículo
20

Artículo 20 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 20 dice que la persona que encabeza el Gobierno de la Ciudad de México (la o el Jefe de Gobierno) es quien se encarga de que las autoridades locales y federales trabajen juntas en temas de vivienda. El objetivo principal de esta coordinación es hacer acciones para apoyar la vivienda, reducir la falta de casas que hay en la ciudad y mejorar los alrededores donde vive la gente. Para lograrlo, se firman convenios y acuerdos que son públicos, es decir, cualquier persona puede consultarlos.

Texto oficial

Artículo 20. La coordinación entre las autoridades locales y federales en materia de vivienda, corresponderá a la o el Titular de la Jefatura de Gobierno, y tendrá como principal objetivo realizar acciones de fomento y apoyo a la vivienda, con el fin de reducir el rezago de vivienda que existe en la Ciudad de México, así como mejorar su entorno urbano, a través de convenios y acuerdos que para tales efectos se emitan. Los convenios y acuerdos de coordinación que al efecto se formulen, serán públicos.

Ver texto oficial de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.