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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-voluntad-anticipada-distrito-federal/41
Ley
Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal
Artículo
41

Artículo 41 de la Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 41 fue eliminado oficialmente de la ley desde el 27 de julio de 2012, por lo que ya no está vigente. En términos sencillos, esa regla ya no existe ni se aplica, como si la hubieran borrado del código. No debes preocuparte por cumplir algo que fue derogado.

Texto oficial

Artículo 41. Se deroga. (Artículo derogado GODF 27/07/2012)

Ver texto oficial de la Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.