Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-centros-desarrollo-infantil-tribunal-superior-justicia-distrito/11
Ley
Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Artículo
11

Artículo 11 del Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El CENDI (el centro de cuidado infantil del gobierno) trabajará junto con otras dependencias públicas que también se encarguen de servicios para niños y niñas, como su bienestar o desarrollo. Esto significa que se pondrán de acuerdo para coordinarse y apoyarse entre sí. Por ejemplo, si hay otro programa de salud o educación infantil, el CENDI buscará colaborar con él. La idea es que todas las instituciones hagan equipo para dar mejores servicios a los niños.

Texto oficial

Artículo 11.- El CENDI mantendrá las relaciones de coordinación que sean necesarias con aquellas Instituciones del sector público cuyas funciones estén vinculadas con los servicios de bienestar y desarrollo infantil.

Ver texto oficial del Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.