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Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
11

Artículo 11 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El encargado de la Secretaría (el secretario o secretaria) tiene que ayudar al presidente de la Comisión en los trabajos de oficina. También debe preparar la lista de temas a tratar en las juntas (el orden del día) y hacer las invitaciones para las reuniones normales o especiales. Es responsable de cuidar el libro donde se anotan los acuerdos de cada sesión y de avisar a todos sobre lo que se decidió, además de checar que se cumpla. Otra de sus tareas es llevar un registro de todos los involucrados en el box (como promotores, mánagers, médicos y empresas) y tenerlo guardado en un respaldo digital, así como mantenerse en contacto con ellos y con los medios de comunicación. Por último, debe firmar junto con el presidente las licencias que se les dan a los boxeadores y a los oficiales, y hacer todo lo que digan otras reglas o normas.

Texto oficial

Artículo 11. Corresponde a la persona titular de la Secretaría: Coadyuvar con la presidencia en las labores administrativas de la Comisión; Integrar el orden del día y elaborar las convocatorias a las sesiones ordinarias y extraordinarias; Resguardar el Libro de Actas de las sesiones; Notificar los acuerdos de la Comisión y dar seguimiento a su cumplimiento; Llevar un registro de las organizaciones de box, promotores, managers o representantes, médicos y demás personas físicas o morales relacionadas con el espectáculo boxístico, garantizando su respaldo electrónico; Establecer mecanismos de comunicación con las uniones o agrupaciones de managers y boxeadores, promotores, instituciones deportivas nacionales y extranjeras, así como con los medios de comunicación; Suscribir en conjunto con la presidencia de la Comisión las licencias que se expidan a oficiales y boxeadores, y Las demás que establezcan otras disposiciones normativas. CAPÍTULO VI ATRIBUCIONES DE LA TESORERÍA

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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