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Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
111

Artículo 111 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien de la Comisión Técnica no puede ir a una junta, tiene que avisarle al presidente o presidenta antes de que empiece la reunión. Debe hacerlo por cualquier medio, siempre que le llegue el mensaje a tiempo. Si no avisa, se considera que faltó sin justificación.

Texto oficial

Artículo 111. En el supuesto de que algún integrante de la Comisión Técnica se encuentre imposibilitado para asistir a la sesión deberá notificar tal circunstancia a la Presidencia antes de iniciar la sesión respectiva.

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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