- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 111
Artículo 111 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien de la Comisión Técnica no puede ir a una junta, tiene que avisarle al presidente o presidenta antes de que empiece la reunión. Debe hacerlo por cualquier medio, siempre que le llegue el mensaje a tiempo. Si no avisa, se considera que faltó sin justificación.
Texto oficial
Artículo 111. En el supuesto de que algún integrante de la Comisión Técnica se encuentre imposibilitado para asistir a la sesión deberá notificar tal circunstancia a la Presidencia antes de iniciar la sesión respectiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.