- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 112
Artículo 112 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando uno de los miembros principales de una junta no puede ir a una reunión, el suplente (la persona que lo reemplaza) sí puede asistir, dar su opinión y participar en la plática, pero no tiene derecho a votar en las decisiones que se tomen en esa sesión.
Texto oficial
Artículo 112. En caso de ausencia por alguno de los titulares los suplentes tendrán voz, pero no voto en las sesiones a las que asistan. SECCIÓN SEXTA SUSPENSIÓN DE LAS SESIONES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.