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Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
114

Artículo 114 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si se detiene una junta por algún problema, el jefe de la comisión técnica te avisará cuándo se reanuda, pero solo cuando ya se haya resuelto ese problema. Básicamente, no te van a citar a la junta de nuevo hasta que ya no haya ningún impedimento para seguir.

Texto oficial

Artículo 114. En caso de suspenderse la sesión, la Presidencia de la Comisión Técnica citará para su continuación cuando se haya superado la causa que motivó la suspensión. SECCIÓN SÉPTIMA ACTAS DE SESIONES

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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