- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 114
Artículo 114 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si se detiene una junta por algún problema, el jefe de la comisión técnica te avisará cuándo se reanuda, pero solo cuando ya se haya resuelto ese problema. Básicamente, no te van a citar a la junta de nuevo hasta que ya no haya ningún impedimento para seguir.
Texto oficial
Artículo 114. En caso de suspenderse la sesión, la Presidencia de la Comisión Técnica citará para su continuación cuando se haya superado la causa que motivó la suspensión. SECCIÓN SÉPTIMA ACTAS DE SESIONES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.