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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-comision-tecnica-box-desarrollo-espectaculos-publicos-box/16
Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
16

Artículo 16 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las licencias duran todo un año, pero no desde el día que las sacas, sino desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de ese año. No importa si tramitas tu licencia en enero, junio o noviembre, su vigencia siempre termina el 31 de diciembre. Esto significa que al final del año todas las licencias se vencen y hay que renovarlas.

Texto oficial

Artículo 16. Las licencias tendrán una vigencia anual por año calendario, cualquiera que sea la fecha de su expedición.

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.