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Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
22

Artículo 22 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ninguna empresa puede organizar o anunciar peleas de boxeo sin tener primero un permiso o licencia de la Alcaldía donde se vaya a hacer el evento. Eso significa que antes de vender boletos o promocionar una pelea, los organizadores deben tramitar el permiso con el gobierno de la zona. Si no lo hacen, están violando la ley y les pueden aplicar sanciones.

Texto oficial

Artículo 22. Ninguna empresa podrá ofrecer o presentar públicamente funciones de box si no cuenta con permiso o licencia previamente otorgada por la Alcaldía que corresponda en razón de territorio.

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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