- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 22
Artículo 22 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ninguna empresa puede organizar o anunciar peleas de boxeo sin tener primero un permiso o licencia de la Alcaldía donde se vaya a hacer el evento. Eso significa que antes de vender boletos o promocionar una pelea, los organizadores deben tramitar el permiso con el gobierno de la zona. Si no lo hacen, están violando la ley y les pueden aplicar sanciones.
Texto oficial
Artículo 22. Ninguna empresa podrá ofrecer o presentar públicamente funciones de box si no cuenta con permiso o licencia previamente otorgada por la Alcaldía que corresponda en razón de territorio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.