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Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
49

Artículo 49 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los boxeadores deben usar sí o sí estos artículos para estar bien equipados: concha protectora, protector bucal, calzón, calcetas, zapatillas de boxeo y toallas. Adicionalmente, pueden llevar una bata o algo parecido si quieren.

Texto oficial

Artículo 49. Los boxeadores, para su adecuado desempeño profesional, además del vendaje y los guantes deberán contar obligatoriamente en su equipo con los siguientes implementos: Concha protectora; Posicionador anatómico bucal; Calzón de boxeo; Calcetas; Zapatillas profesionales de boxeo, y Toallas. Opcionalmente podrán contemplar en su equipo Bata o similar.

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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