- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 51
Artículo 51 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comisionado encargado en ese momento puede detener una pelea si cree que alguno de los boxeadores va a subir al ring con los símbolos prohibidos (como banderas o insignias que no deben usarse). También puede pararla si piensa que los peleadores están engañando al público, por ejemplo, amañando el combate o no dando su máximo esfuerzo. Esto es para proteger a los espectadores y evitar trampas.
Texto oficial
Artículo 51. La persona Comisionada en Turno podrá suspender una pelea por considerar que los contendientes o uno de ellos, pretendan subir al cuadrilátero utilizando los símbolos que refiere el artículo anterior, o bien en caso de que considere que los contendientes defraudan los intereses del público.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.