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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-comision-tecnica-box-desarrollo-espectaculos-publicos-box/77
Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
77

Artículo 77 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando termina una pelea y el juez anuncia al ganador, no debe mostrar si está de acuerdo o en desacuerdo con el resultado. O sea, no puede poner caras, sonreír, negar con la cabeza ni hacer gestos. Su chamba es solo decir el fallo de manera neutral, sin dar a entender qué opina. Así se mantiene la imparcialidad y nadie piensa que el juez tiene favoritismos.

Texto oficial

Artículo 77. Los Jueces no deberán hacer demostraciones de aprobación o desaprobación al darse a conocer al público el fallo que se dicte en la pelea.

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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