Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-comision-tecnica-box-desarrollo-espectaculos-publicos-box/79
Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
79

Artículo 79 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El árbitro es el encargado de llevar el ritmo de la pelea. Debe moverse por el ring de lado, sin estorbar a los boxeadores, para ver bien todo lo que pasa. Si un peleador se lastima, el árbitro para la pelea y lo manda a revisión con el médico, quien decide si puede seguir o no. También para la pelea si ve que uno de los dos está recibiendo una golpiza muy desigual y corre peligro de lastimarse de gravedad. El árbitro puede descalificar a un peleador si comete una falta que ya está escrita en el reglamento, y tiene la última palabra para resolver cualquier situación que no esté prevista en las reglas.

Texto oficial

Artículo 79. Corresponde a los Árbitros: Dirigir el curso de las peleas, para lo cual actuará sobre el cuadrilátero procurando caminar y observar las acciones en forma lateral a los contendientes, pero sin estorbar el desarrollo del combate; Suspender las acciones cuando considere que la herida sufrida por un contendiente es peligrosa, para lo cual llevará al lesionado a revisión con el personal de la Jefatura del Servicio Médico quien opinará si continúa o no peleando; Suspender la pelea cuando sea manifiestamente desigual y uno de los contendientes reciba un castigo innecesario, con el peligro de que sufra lesiones de gravedad; Descalificar a un peleador cuando éste cometa una infracción contemplada en el presente Reglamento durante el desarrollo del combate, y Decidir rápidamente sobre cualquier situación que se le presente durante el desarrollo de la pelea y que no esté prevista expresamente en el presente reglamento. CAPÍTULO XVI DIRECCIÓN DE ENCUENTROS

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.